El certificado de estar al corriente de pago o deudas es imprescindible para otorgar escritura de compra venta | El secretario debe firmar, con el visto bueno del presidente, la certificación en el plazo de siete días
Cuando se otorga la escritura de transmisión de un inmueble que forma parte de una finca en régimen de propiedad horizontal, el propietario debe aportar certificación de las deudas o de estar al corriente de pago, salvo que el adquiriente le exonere de dicha obligación, asumiendo éste último las deudas que hubiera devengadas en el año en curso y los tres años naturales anteriores.
El artículo 9.1 e de la Ley de Propiedad Horizontal 49/1960 regula este obligación pero conviene concretar algunos conceptos que debe recoger el certificado:
- Detallar las deudas que existieran a la fecha, sin que sea obligatorio recoger las derramas ya aprobadas que no se hayan emitido antes de la transmisión o si el piso se encuentra al corriente de pago de todos los recibos emitidos por la Comunidad.
- Detallar las cuotas aprobadas para al inmueble objeto de la transmisión, sin que sea necesario hacer alusión al saldo (deudor o acreedor) que pudiera resultar de la liquidación al cierre del ejercicio.
- El debe estar firmado por el secretario, con el visto bueno del presidente. En caso de no haber nombrado secretario, será el presidente quien lo firme indicando que ejerce de Presidente-secretario (Artículo 13.5). En caso de ausencia del presidente, podría firmarlo el vicepresidente en virtud de lo establecido en el Artículo 13.4.
FORMULARIO DE CERTIFICADO
NOMBRE APELLIDO APELLIDO, en mi calidad de secretario de la Comunidad de Propietarios de NOMBRE COMUNIDAD de LOCALIDAD, de la que es presidente NOMBRE APELLIDO APELLIDO.
CERTIFICO:
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 9.1 e) de la Ley de Propiedad Horizontal, modificada por la Ley 8/1999 de 6 de abril.
Que según consta en nuestros registros, NOMBRE APELLIDO APELLIDO, con DNI/NIF 12345678-A, figura como propietarios del PISO/LOCAL de la Comunidad de Propietarios de NOMBRE COMUNIDAD de LOCALIDAD y que a la fecha del presente, el citado piso se encuentra al corriente de pago de los recibos ordinarios y extraordinarios emitidos por la citada Comunidad de Propietarios.
Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Ley 16/2009 de 13 de noviembre (BOE 275 de 14 de noviembre de 2009) de Servicios de Pago.
A petición del interesado, y para que conste a los efectos oportunos, expido el presente certificado, en Madrid, a FECHA DE EMISIÓN.
V.º B.º PRESIDENTE EL SECRETARIO ADMINISTRADOR
Firma Firma